COMPENSACIONES AL TRANSPORTE MARÍTIMO Y AÉREO DE MERCANCÍAS CON ORIGEN O DESTINO EN LAS ISLAS CANARIAS
OBJETO
Se establece un sistema de compensaciones con la finalidad de abaratar el coste efectivo del transporte de mercancías entre las Islas Canarias, desde estas al resto de España y a los Estados miembros de la Unión Europea y, en los casos en que expresamente se determine, desde el resto de España y los Estados miembros de la Unión Europea hacia las Islas Canarias.
PRODUCTOS CUYO TRANSPORTE ES COMPENSABLE
a) Productos originarios o transformados en Canarias – Marítimo y aéreo – Interinsular / Canarias-Península / Canarias-UE
Transporte marítimo y aéreo interinsular o con destino al resto de España – 100% (con limitaciones)
Transporte marítimo y aéreo interinsular al resto de los Estados miembros de la Unión Europea – 100% (con limitaciones)
b) «Inputs» (materias primas y productos intermedios) necesarios para la producción de productos industriales. – Marítimo y aéreo – Península-Canarias / UE-Canarias
Transporte del 100% (con limitaciones)
c) Petróleo y sus derivados, originarios o transformados en Canarias. – Marítimo – Interinsular / Canarias-Península
Transporte marítimo hasta el 10% (con limitaciones)
LISTADO DE PRODUCTOS INDUSTRIALES
No incluidas en el Anexo I del TFUE
Consultar TARIC
GASTOS COMPENSABLES
- Gastos de transporte, que incluyen el flete y gastos relacionados como gestión administrativa, emisión de billetes y recargos por fletes especiales.
- Manipulación de la mercancía carga, descarga y traslado entre la terminal y el avión en aeropuertos, así como actividades de carga, estiba, descarga y trasbordo en puertos.
- Tasas portuarias o aeroportuarias
- Costes de controles de seguridad y protección
- Recargos por incremento del costo del combustible
BENEFICIARIOS
Para las mercancías originarias o transformadas en Canarias transportadas al resto de España o exportadas a Estados miembros de la Unión Europea, el beneficiario es el remitente o expedidor de las mercancías.
Para los envíos interinsulares de mercancías, el beneficiario puede ser el receptor o el remitente, comprador o vendedor, siempre que hayan abonado los costes del transporte compensables.
Para los «inputs» (materias primas o productos intermedios) que no se fabriquen en Canarias y que son enviados desde el resto de España o de otros Estados miembros de la Unión Europea a Canarias, los receptores o destinatarios de las mercancías son los beneficiarios de las compensaciones.
REQUISITOS DE LAS MERCANCÍAS
Mercancía Originaria: Cuando haya sido totalmente producida o fabricada o transformada en los respectivos territorios.
Mercancía transformada: Cuando haya sido objeto de operaciones productivas o de manipulación, cuyo resultado:
Implique una modificación sustantiva de sus características esenciales (cambio de partida arancelaria) o,
Que incorpore un valor añadido superior al 20% del valor en aduanas.
Consulta excepciones
ACREDITACIONES DE MERCANCÍAS
Acreditación de origen canario: Modelo 101-A Proveedor
Acreditación de INPUT originario de la UE: Modelo 102
¿Cómo se acredita que la mercancía ha sido transformada/producida/elaborada totalmente en Canarias – INFORME TÉCNICO o MEMORIA DESCRIPTIVA DEL PROCESO DE TRANSFORMACIÓN
Identificación de la materia prima o input
Descripción de cada etapa o fase del proceso productivo al que se somete la materia prima o input. (Foto: recepción de la materia prima)
Explicación de las operaciones productivas o de manipulación, que se realizan en cada etapa o fase. (Identificar la maquinaria utilizada y acompañar con fotos reales)- (no internet)
Elaboración de un diagrama de flujo del proceso productivo.
Identificación del producto obtenido y la finalidad: Descripción de la mercancía y su código táric.
Si hay varias líneas de producción o se elaboran nuevos productos, hay que actualizar la memoria, identificar y relacionar todos los productos fabricados. Fotos del producto final.
OBLIGACIONES DE BENEFICIARIOS
Presentar una declaración responsable original, donde certifiquen que no incurren en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones,
Presentar una declaración responsable original, sobre la obtención o no de otras ayudas
Mantener registros contables que permitan identificar los gastos relacionados con las compensaciones concedidas.
Acreditar estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social antes de cobrar las compensaciones.
Presentar toda la información y documentación requerida por las autoridades pertinentes.
Al inicio de cada Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de Canarias u otro similar, presentar una solicitud de inclusión como potencial beneficiario y una declaración de capacidad para cumplir con las obligaciones del programa. Además, autorizar su inclusión en la lista de operaciones conforme al Reglamento (UE) N.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, o normativa europea equivalente. La Delegación del Gobierno en Canarias proporcionará los modelos necesarios.