PLAZO: 23/09/2020 hasta el 21/10/2020 – INTENSIDAD DE LA AYUDA: 70% – CUANTÍA: hasta 20.000€ –  BENEFICIARIOS: Las pequeñas y medianas empresas (pymes) válidamente constituidas que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

BONOS PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LA EMPRESA CANARIA MOTIVADA POR LA CRISIS SANITARIA DE LA COVID-19

OBJETO:

Realización de proyectos empresariales dirigidos a la transformación digital de las pymes canarias, fomentando la innovación a través de la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación, con el objeto de contribuir a mejorar su competitividad y productividad.

 

CARACTERÍSTICAS DE LA SUBVENCIÓN

  • Subvenciones en forma de bonos por la crisis de la COVID-19.
  • Régimen de concurrencia competitiva
  • Efecto incentivador – No se puede haber realizado la inversión con anterioridad a la fecha de solicitud.
  • Abono anticipado sin régimen de garantías.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN 

Desde el 23 de septiembre hasta el 21 de octubre de 2020 a las 14:00 horas.

 

DOTACIÓN PRESUPUESTARIA

2.423.921,78 euros

 

BENEFICIARIOS

Las pequeñas y medianas empresas (pymes) válidamente constituidas y profesionales autónomos que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

 

INTENSIDAD DE LA AYUDA:

La intensidad de ayuda máxima será de un 70% del coste elegible de la actuación, hasta un máximo de 20.000 euros.

Plazo de realización de la actividad subvencionable: El proyecto podrá iniciarse a partir del momento de presentación de la solicitud y hasta el 30 de abril de 2021.

 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:

Los proyectos empresariales dirigidos a la transformación digital de las pymes canarias, fomentando la innovación a través de la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación, con el objeto de contribuir a mejorar su competitividad y productividad.

Los proyectos deben responder a la necesidad de la entidad beneficiaria de adaptar el desarrollo de su actividad a la nueva coyuntura socio económica, consecuencia de la crisis sanitaria de la COVID-19.

Tipo A – Tecnologías innovadoras para la transformación digital de la empresa: mejora de la competitividad y productividad de la empresa a través de actuaciones para la incorporación de innovación tecnológica a sus procesos productivos. Podrá contemplar una o varias de las siguientes actuaciones:

A.1 Consultoría para la transformación digital: Análisis, diagnóstico previo y asesoramiento para la definición del plan estratégico de transformación digital de la empresa.

A.2 Sistemas de gestión empresarial: ERP, CRM, SCM, y cualquier solución TIC que incida en la innovación y mejora en las diferentes áreas de la empresa. 

A.3 Teletrabajo y telepresencia: Implantación de sistemas que permitan el desarrollo de la actividad laboral sin presencia física en las instalaciones de la empresa. Inversiones en sistemas, equipos y aplicaciones.

A.4 Big data e Inteligencia Artificial: Diseño, desarrollo e implantación de sistemas de obtención y tratamiento de datos masivos y su explotación. Sistemas de BI (Business Intelligence) para la transformación de los datos.

A.5 Cloud computing: Redes, servidores, equipos de almacenamiento, aplicaciones y servicios.

A.6 Sistemas IoT y Egde Computing: Implementación de redes de sensores y otros dispositivos para la recogida automática de información y la gestión y control remoto de aspectos propios productivos de la empresa.

A.7 Ciberseguridad: Desarrollo e implantación de soluciones para proteger la confidencialidad, disponibilidad e integridad digital de los sistemas y procesos de la empresa.

A.8 Impresión 3D: Desarrollo e implantación de soluciones de impresión 3D, en cualquiera de sus variantes (fabricación aditiva, fabricación sustractiva, estereolitografía, sinterización, etc.), y su incorporación a los procesos productivos de la empresa.

A.9 Otros: Proyectos para la incorporación de otro tipo de tecnologías innovadoras (realidad virtual, blockchain o la supercomputación).

TIPO B – Presencia web, marketing digital y comercio electrónico: consolidación de la estrategia en línea de la empresa, de forma que desarrolle su presencia digital y la potencie como canal adicional de comunicación, publicidad y ventas.

B.1 Consultoría técnica y/o consultoría legal: Análisis, diagnóstico previo y asesoramiento para la definición de la estrategia de marketing digital y comercio electrónico de la empresa (no para presencia web básica).

B.2 Implementación del canal: Presencia básica: redes sociales y/o web básica con dominio propio. Tienda en marketplace. Comercio electrónico autónomo (debe tener dominio propio, catálogo, carrito y pago on line).

B.3 Integración con sistemas empresariales: Contempla los trabajos relacionados con la integración del sistema de comercio electrónico con otros sistemas que tenga ya implementados la propia empresa (ERP, CRM, logística …).

B.4 Contenidos: Contempla la generación de contenidos audiovisuales únicamente para el catálogo de productos de la tienda electrónica.

B.5 Marketing: Implementación de técnicas y herramientas de optimización para buscadores (SEO). Marketing digital: Implementación e integración de herramientas para marketing digital. Atención en línea: Implementación de soluciones para la atención online y en tiempo real, tanto personalizada como automatizada, del visitante al comercio electrónico.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES:

  1. Gastos de consultoría técnica y consultoría legal. Elaboración de estrategia de transformación empresarial.
  2. Gastos de servicios necesarios para la puesta en marcha del proyecto subvencionado.
  3. Inversión en equipamiento necesario para el proyecto subvencionado (Inversión HW)
  4. Inversión en software necesario para el proyecto subvencionado (Inversión SW).

CONTENIDO MÍNIMO DE LA SOLICITUD

  • CIF/NIF
  • Escrituras/constitución de la entidad
  • Documento acreditativo de la representación de la persona

En caso de trabajadores autónomos:

  • Documento de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (Modelo TA.0521).
  • Documento de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (Modelo 848/Modelo 840).
  • Justificante de pago o de exención del último recibo emitido del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

En el caso de personas jurídicas:

  • Escritura de constitución.
  • Estatutos de la entidad solicitante.
  • Documento de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (Modelo 848/Modelo 840), o en su defecto Certificado emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el que se hagan constar sus datos generales.
  •  Acreditación de estar al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Memoria económica y técnica de la actuación a desarrollar

MÁS INFORMACIÓN

Solicitud de la subvención:

https://sede.gobcan.es/aciisi/procedimientos_servicios/tramites/6509

Bases y convocatoria:

http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2020/194/006.html