PLAZO: 02 de septiembre de 2022 hasta 02 de septiembre de 2023 – INTENSIDAD DE LA AYUDA: 100% – CUANTÍA: Hasta 6.000€ –  BENEFICIARIOS: PYMES y autónomos entre 3 y menos de 10 trabajadores.

PROGRAMA KIT DIGITAL – SEGMENTO II: PYMES Y AUTÓNOMOS ENTRE 3 Y 10 TRABAJADORES 

OBJETO

Concesión de las ayudas mediante las que se ejecuta el Programa Kit Digital para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo (en adelante, Programa), que tiene por objeto la adopción de soluciones de digitalización incluidas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

1ª Convocatoria: El plazo de presentación de solicitudes será desde el 15 de marzo de 2022 a la 11:00 horas hasta el 15 de septiembre de 2022 a las 11:00 horas.

2ª Convocatoria: El plazo de presentación de solicitudes será desde el 02 de septiembre de 2022 a la 11:00 horas hasta el 02 de septiembre de 2023 a las 11:00 horas.

Las ayudas se concederán bajo el único criterio del orden de presentación de solicitudes.

DOTACIÓN PRESUPUESTARIA

500.000.000€

BENEFICIARIOS

Pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.

Sociedades civiles con objeto mercantil, las sociedades civiles profesionales y las explotaciones agrarias de titularidad compartida que ejerzan una actividad económica.

Segmentos de beneficiarios según el número de empleados y la categoría de empresa, que incluye a las personas en situación de autoempleo:

  1. Segmento I: Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados. (1ª Convocatoria)
  2. Segmento II: Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados. (2ª Convocatoria)
  3. Segmento III: Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados.

El número de empleados de los segmentos I, II y III, se calculará teniendo en cuenta los datos de trabajadores existentes en el Régimen General de la Seguridad Social y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en el momento de presentar la solicitud.

No podrán ser beneficiarias:

  • Las uniones temporales de empresas (UTES)
  • Las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos.
  • Las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios ni los autónomos colaboradores en los términos previstos en la normativa aplicable

REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS

  • Tener la consideración de pequeña empresa o microempresa.
  • El solicitante para poder solicitar la ayuda debe tener una antigüedad mínima de 6 meses.
  • Tener residencia fiscal en territorio español
  • Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No superar el límite de ayudas de mÍnimis.

AGENTES DIGITALIZADORES

Los Agentes Digitalizadores Adheridos serán los que podrán prestar las soluciones de digitalización objeto de subvención cuyas referencias estén disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.

Los interesados en adquirir la condición de Agente Digitalizador Adherido, deberán solicitar su adhesión en la Sede Electrónica del órgano concedente. El plazo para solicitar la adhesión al Programa se inició el 11 de enero de 2022 mediante la publicación de un Anuncio de Adhesión abierto a todos los interesados.

Podrán ser Agentes Digitalizadores Adheridos las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Una facturación acumulada de, al menos, 100.000 euros en los dos años anteriores a contar desde el momento de la presentación de la solicitud de adhesión, o 50.000 euros en el año anterior en proyectos similares.
  • Para el caso de las personas en situación de autoempleo sin trabajadores a su cargo, la facturación acumulada deberá ser de, al menos, 70.000 euros en los dos años anteriores a contar desde el momento de la presentación de la solicitud de adhesión, o 35.000 euros en el año anterior en proyectos similares.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • No tener la consideración de empresa en crisis.

ACCIONES SUBVENCIONABLES – CATEGORÍAS

Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional (solución debe ser completamente nueva y cumplir todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenece o que la solución no cumpliera con los requisitos mínimos exigidos). NO se considera mejora funcional:

  • Ningún desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente.
  • Actualización de versiones de software por el proveedor
  • Upgrades o mejora de versiones.

Categorías:

  1. Sitio web y presencia en internet: Dominio (min. 12 meses), Hosting (min. 12 meses), Diseño de la página web (min. 3 paginas), web Responsive, accesibilidad, autogestionable, posicionamiento básico en internet, SEO básico. (Importe max. 2000€)
  2. Comercio electrónico: Creación de la tienda online y alta del catálogo de productos (al menos 100 productos), métodos de pago, diseño Responsive, accesibilidad, posicionamiento básico en internet, SEO, autogestionable, formas de envío. (Importe max. 2000€)
  3. Gestión de Redes Sociales: Social Media Plan, monitorización de redes sociales, optimización de los canales sociales, gestión de una red social (al menos una), publicación de posts semanales (al menos 4-8 entradas al mes). (Importe 2000€ (0-3 empleados), 2500€ (3-50 empleados))
  4. Gestión de clientes: Número de horas a la parametrización para las peculiaridades de los procesos de comercialización. Gestión de clientes, gestión de clientes potenciales, gestión de oportunidades, acciones comerciales, reporting, planificación y seguimiento comercial, alertas, gestión documental, diseño Responsive, integración con diversas plataformas. (Importe 2000€ (0-10 empleados), 4000€ (10-50 empleados))
  5. Business Intelligence y Analítica: Integración de datos con otras bases de datos, almacenamiento de datos, creación de paneles de datos estructurados y visuales, exportación de datos. (Importe 1500€ (0-3 empleados), 2000€ (3-10 empleados), 4000€ (10-50 empleados))
  6. Gestión de procesos: Contabilidad/finanzas, facturación, proyectos, inventario, compras y pagos, recursos humanos, logística, integración con otras plataformas, actualizable, escalable. (Importe 2000€ (0-3 empleados), 3000€ (3-10 empleados), 6000€ (10-50 empleados))
  7. Factura electrónica: Facturas en formato estructurado, facturas ilimitadas, clientes ilimitados, productos o servicios ilimitados, envío de facturas por email, personalización de facturas, copia de seguridad periódicas, 1GB almacenamiento/Histórico, integración con otras soluciones, control de vencimiento de las facturas. (Importe 1000€ (0-3 empleados), 2000€ (3-10 empleados), 2000€ (10-50 empleados))
  8. Servicios y herramientas de oficina virtual: implantar soluciones interactivas y funcionales que permitan la colaboración más eficiente entre los trabajadores de las empresas beneficiarias. (250€/usuario – hasta 2 usuarios (0-3 empleados), hasta 9 usuarios (3-10 empleados), hasta 48 usuarios (10-50 empleados)
  9. Comunicaciones seguras: SSL, cifrado de extremo a extremo, Logs de conexión, control de acceso, dispositivos móviles, configuración inicial y actualizaciones de seguridad. (125€/usuario – hasta 2 usuarios (0-3 empleados), hasta 9 usuarios (3-10 empleados), hasta 48 usuarios (10-50 empleados)
  10. Ciberseguridad: Antimalware, Antispyware, Correo seguro, Navegación segura, Análisis y detección de amenazas, Monitorización de la red, Configuración inicial y actualizaciones de seguridad, Requisitos especiales de formación. (125€/usuario – hasta 2 dispositivos (0-3 empleados), hasta 9 dispositivos (3-10 empleados), hasta 48 dispositivos (10-50 empleados)
  11. Presencia avanzada en internet: Prestación de funcionalidades y/o servicios que aseguren el posicionamiento del Beneficiario en internet, aumentando su alcance de potenciales clientes e incrementando el tráfico de visitas en su/-s plataforma/-s.(Importe max. 2000€)
  12. Marketplace:  Dirigir las referencias/productos de los beneficiarios para ayudar a la marca a incrementar su nivel de ventas, optimizando los recursos existentes, eligiendo los canales de distribución adecuados y adaptando las referencias/productos a las necesidades externas(Importe max. 2000€)

IMPORTE BONO DIGITAL

Los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización y segmento son los siguientes:

  1. Segmento I: Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados. Importe del Bono Digital: 12.000€
  2. Segmento II: Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados.  Importe del Bono Digital: 6.000€
  3. Segmento III: Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados.  Importe del Bono Digital: 2.000€

COBRO DE LA SUBVENCIÓN

Una vez concedida la subvención, y para poder ejercer el derecho de cobro de la subvención concedida («bono digital»), que no será efectivo hasta la correcta justificación de la misma, el beneficiario deberá seleccionar y contratar la solución o soluciones de digitalización que desee adoptar.

Una vez contratada, el beneficiario deberá formalizar, con el Agente Digitalizador Adherido, un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.

El beneficiario podrá formalizar Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización únicamente para una solución de digitalización por cada Categoría.

Cada Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización determinará el importe de la subvención concedida aplicable.

El plazo máximo para la formalización de Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización por ambas partes será de seis (6) meses desde la notificación de la resolución de concesión de la ayuda.

EJECUCIÓN DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA

Una vez formalizado el Acuerdo de Prestación el Agente Digitalizador Adherido deberá prestar la solución de digitalización. Se realizará en dos fases

  1. a) Una primera fase con un plazo máximo de tres (3) meses. Validación del Acuerdo de Prestación. Durante esta fase deberá realizarse la instalación, y desarrollo en su caso, de la solución, así como el pago de la factura emitida por el Agente Digitalizador Adherido
  2. b) Una segunda fase con un plazo de doce (12) meses, a computar desde la fecha de emisión de la factura en la fase anterior.

El Agente Digitalizador emitirá al beneficiario una única factura por el importe total de la solución de digitalización contratada asociada al Acuerdo de Prestación. La factura reflejará la reducción en el importe a abonar por el beneficiario, con respecto a la cuantía de la subvención concedida asociada al Acuerdo de Prestación, cuyo derecho de cobro queda expresamente cedido al Agente Digitalizador Adherido en la formalización de dicho Acuerdo.

PAGO DE LAS AYUDAS

El pago de las ayudas se realizará a los Agentes Digitalizadores Adheridos, una vez justificada y comprobada cada fase.

Tras la comprobación de la adecuada justificación presentada por los Agentes Digitalizadores Adheridos, se efectuará el abono al Agente Digitalizador Adherido.

Los Agentes Digitalizadores Adheridos que hayan suscrito Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización podrán obtener financiación de hasta el 100% de su importe a través de la línea de financiación que pudiera acordarse entre el órgano concedente y el Instituto de Crédito Oficial (ICO), en los términos y condiciones que se establezcan en el convenio que se firme entre ellos.

REPRESENTANTE VOLUNTARIO

La solicitud será realizada por el solicitante, su representante legal o un representante voluntario que cuente con su autorización.

En las convocatorias se incorpora un modelo de autorización para actuar como representante voluntario del solicitante a los efectos de la solicitud y de la tramitación de la ayuda que deberá adjuntarse a la solicitud.

OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO

  • El beneficiario se obliga al cumplimiento de lo establecido tanto en las Bases Reguladoras, como en esta Convocatoria.
  • Cumplimiento de la normativa aplicable al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dentro del  Instrumento Europeo de Recuperación.
  • El beneficiario garantizará mediante declaración responsable el pleno cumplimiento de la normativa medioambiental vigente y del principio de «no causar daño significativo».
  • El beneficiario garantizará mediante declaración responsable que las actividades que se desarrollen en el ámbito de la presente Convocatoria no ocasionan un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales.
  • Los beneficiarios deberán someterse a cualquier actuación de comprobación y control financiero que pueda realizar el órgano concedente.
  • Realización de acciones de información y publicidad con las que informen de que la iniciativa desarrollada ha contado con el apoyo de la Unión Europea

MÁS INFORMACIÓN

Programa Kit-Digital – Plataforma acelerapyme

https://acelerapyme.gob.es/kit-digital

Bases Reguladoras

https://acelerapyme.gob.es/sites/acelerapyme/files/2021-12/BOE-A-2021-21873.pdf

Anuncio de Adhesión de agentes digitalizadores al Programa

https://acelerapyme.gob.es/sites/acelerapyme/files/2022-01/Anuncio%20de%20Adhesio_n%20Digitalizadores_100122_AJ.report.pdf

Convocatoria

https://sede.red.gob.es/es/procedimientos/convocatoria-de-ayudas-destinadas-la-digitalizacion-de-empresas-del-segmento-i-entre

PLAZO: 15 de marzo de 2022 hasta 15 de septiembre de 2022 – INTENSIDAD DE LA AYUDA: 100% – CUANTÍA: desde 2000€ hasta 12000K€ –  BENEFICIARIOS: PYMES y autónomos entre 10 y menos de 50 trabajadores.

PROGRAMA KIT DIGITAL – PLAN DE DIGITALIZACIÓN PARA PYMEs 2021-2025

OBJETO

Concesión de las ayudas mediante las que se ejecuta el Programa Kit Digital para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo (en adelante, Programa), que tiene por objeto la adopción de soluciones de digitalización incluidas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

1ª Convocatoria: El plazo de presentación de solicitudes será desde el 15 de marzo de 2022 a la 11:00 horas hasta el 15 de septiembre de 2022 a las 11:00 horas.

Las ayudas se concederán bajo el único criterio del orden de presentación de solicitudes.

DOTACIÓN PRESUPUESTARIA

500.000.000€

BENEFICIARIOS

Pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.

Segmentos de beneficiarios según el número de empleados y la categoría de empresa, que incluye a las personas en situación de autoempleo:

  1. Segmento I: Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados. (1ª Convocatoria)
  2. Segmento II: Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados.
  3. Segmento III: Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados.

No podrán ser beneficiarias:

  • Las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos.
  •  Las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público.
  • Los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.

REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS

  • Tener la consideración de pequeña empresa o microempresa.
  • El solicitante para poder solicitar la ayuda debe tener una antigüedad mínima de 6 meses.
  • Tener residencia fiscal en territorio español
  • Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No superar el límite de ayudas de mÍnimis.

AGENTES DIGITALIZADORES

Los Agentes Digitalizadores Adheridos serán los que podrán prestar las soluciones de digitalización objeto de subvención cuyas referencias estén disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.

Los interesados en adquirir la condición de Agente Digitalizador Adherido, deberán solicitar su adhesión en la Sede Electrónica del órgano concedente. El plazo para solicitar la adhesión al Programa se inició el 11 de enero de 2022 mediante la publicación de un Anuncio de Adhesión abierto a todos los interesados.

Podrán ser Agentes Digitalizadores Adheridos las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Una facturación acumulada de, al menos, 100.000 euros en los dos años anteriores a contar desde el momento de la presentación de la solicitud de adhesión, o 50.000 euros en el año anterior en proyectos similares.
  • Para el caso de las personas en situación de autoempleo sin trabajadores a su cargo, la facturación acumulada deberá ser de, al menos, 70.000 euros en los dos años anteriores a contar desde el momento de la presentación de la solicitud de adhesión, o 35.000 euros en el año anterior en proyectos similares.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • No tener la consideración de empresa en crisis.

ACCIONES SUBVENCIONABLES – CATEGORÍAS

Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional (solución debe ser completamente nueva y cumplir todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenece o que la solución no cumpliera con los requisitos mínimos exigidos). NO se considera mejora funcional:

  • Ningún desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente.
  • Actualización de versiones de software por el proveedor
  • Upgrades o mejora de versiones.

Categorías:

  1. Sitio web y presencia en internet: Dominio (min. 12 meses), Hosting (min. 12 meses), Diseño de la página web (min. 3 paginas), web Responsive, accesibilidad, autogestionable, posicionamiento básico en internet, SEO básico. (Importe max. 2000€)
  2. Comercio electrónico: Creación de la tienda online y alta del catálogo de productos (al menos 100 productos), métodos de pago, diseño Responsive, accesibilidad, posicionamiento básico en internet, SEO, autogestionable, formas de envío. (Importe max. 2000€)
  3. Gestión de Redes Sociales: Social Media Plan, monitorización de redes sociales, optimización de los canales sociales, gestión de una red social (al menos una), publicación de posts semanales (al menos 4-8 entradas al mes). (Importe 2000€ (0-3 empleados), 2500€ (3-50 empleados))
  4. Gestión de clientes: Número de horas a la parametrización para las peculiaridades de los procesos de comercialización. Gestión de clientes, gestión de clientes potenciales, gestión de oportunidades, acciones comerciales, reporting, planificación y seguimiento comercial, alertas, gestión documental, diseño Responsive, integración con diversas plataformas. (Importe 2000€ (0-10 empleados), 4000€ (10-50 empleados))
  5. Business Intelligence y Analítica: Integración de datos con otras bases de datos, almacenamiento de datos, creación de paneles de datos estructurados y visuales, exportación de datos. (Importe 1500€ (0-3 empleados), 2000€ (3-10 empleados), 4000€ (10-50 empleados))
  6. Gestión de procesos: Contabilidad/finanzas, facturación, proyectos, inventario, compras y pagos, recursos humanos, logística, integración con otras plataformas, actualizable, escalable. (Importe 500€ (0-3 empleados), 2000€ (3-10 empleados), 6000€ (10-50 empleados))
  7. Factura electrónica: Facturas en formato estructurado, facturas ilimitadas, clientes ilimitados, productos o servicios ilimitados, envío de facturas por email, personalización de facturas, copia de seguridad periódicas, 1GB almacenamiento/Histórico, integración con otras soluciones, control de vencimiento de las facturas. (Importe 500€ (0-3 empleados), 1000€ (3-10 empleados), 1000€ (10-50 empleados))
  8. Servicios y herramientas de oficina virtual: implantar soluciones interactivas y funcionales que permitan la colaboración más eficiente entre los trabajadores de las empresas beneficiarias. (250€/usuario – hasta 2 usuarios (0-3 empleados), hasta 9 usuarios (3-10 empleados), hasta 48 usuarios (10-50 empleados)
  9. Comunicaciones seguras: SSL, cifrado de extremo a extremo, Logs de conexión, control de acceso, dispositivos móviles, configuración inicial y actualizaciones de seguridad. (125€/usuario – hasta 2 usuarios (0-3 empleados), hasta 9 usuarios (3-10 empleados), hasta 48 usuarios (10-50 empleados)
  10. Ciberseguridad: Antimalware, Antispyware, Correo seguro, Navegación segura, Análisis y detección de amenazas, Monitorización de la red, Configuración inicial y actualizaciones de seguridad, Requisitos especiales de formación. (125€/usuario – hasta 2 dispositivos (0-3 empleados), hasta 9 dispositivos (3-10 empleados), hasta 48 dispositivos (10-50 empleados)

IMPORTE BONO DIGITAL

Los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización y segmento son los siguientes:

  1. Segmento I: Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados. Importe del Bono Digital: 12.000€
  2. Segmento II: Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados.  Importe del Bono Digital: 6.000€
  3. Segmento III: Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados.  Importe del Bono Digital: 2.000€

COBRO DE LA SUBVENCIÓN

Una vez concedida la subvención, y para poder ejercer el derecho de cobro de la subvención concedida («bono digital»), que no será efectivo hasta la correcta justificación de la misma, el beneficiario deberá seleccionar y contratar la solución o soluciones de digitalización que desee adoptar.

Una vez contratada, el beneficiario deberá formalizar, con el Agente Digitalizador Adherido, un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.

El beneficiario podrá formalizar Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización únicamente para una solución de digitalización por cada Categoría.

Cada Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización determinará el importe de la subvención concedida aplicable.

El plazo máximo para la formalización de Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización por ambas partes será de seis (6) meses desde la notificación de la resolución de concesión de la ayuda.

EJECUCIÓN DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA

Una vez formalizado el Acuerdo de Prestación el Agente Digitalizador Adherido deberá prestar la solución de digitalización. Se realizará en dos fases

  1. a) Una primera fase con un plazo máximo de tres (3) meses. Validación del Acuerdo de Prestación. Durante esta fase deberá realizarse la instalación, y desarrollo en su caso, de la solución, así como el pago de la factura emitida por el Agente Digitalizador Adherido
  2. b) Una segunda fase con un plazo de doce (12) meses, a computar desde la fecha de emisión de la factura en la fase anterior.

El Agente Digitalizador emitirá al beneficiario una única factura por el importe total de la solución de digitalización contratada asociada al Acuerdo de Prestación. La factura reflejará la reducción en el importe a abonar por el beneficiario, con respecto a la cuantía de la subvención concedida asociada al Acuerdo de Prestación, cuyo derecho de cobro queda expresamente cedido al Agente Digitalizador Adherido en la formalización de dicho Acuerdo.

PAGO DE LAS AYUDAS

El pago de las ayudas se realizará a los Agentes Digitalizadores Adheridos, una vez justificada y comprobada cada fase.

Tras la comprobación de la adecuada justificación presentada por los Agentes Digitalizadores Adheridos, se efectuará el abono al Agente Digitalizador Adherido.

Los Agentes Digitalizadores Adheridos que hayan suscrito Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización podrán obtener financiación de hasta el 100% de su importe a través de la línea de financiación que pudiera acordarse entre el órgano concedente y el Instituto de Crédito Oficial (ICO), en los términos y condiciones que se establezcan en el convenio que se firme entre ellos.

REPRESENTANTE VOLUNTARIO

La solicitud será realizada por el solicitante, su representante legal o un representante voluntario que cuente con su autorización.

En las convocatorias se incorpora un modelo de autorización para actuar como representante voluntario del solicitante a los efectos de la solicitud y de la tramitación de la ayuda que deberá adjuntarse a la solicitud.

OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO

  • El beneficiario se obliga al cumplimiento de lo establecido tanto en las Bases Reguladoras, como en esta Convocatoria.
  • Cumplimiento de la normativa aplicable al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dentro del  Instrumento Europeo de Recuperación.
  • El beneficiario garantizará mediante declaración responsable el pleno cumplimiento de la normativa medioambiental vigente y del principio de «no causar daño significativo».
  • El beneficiario garantizará mediante declaración responsable que las actividades que se desarrollen en el ámbito de la presente Convocatoria no ocasionan un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales.
  • Los beneficiarios deberán someterse a cualquier actuación de comprobación y control financiero que pueda realizar el órgano concedente.
  • Realización de acciones de información y publicidad con las que informen de que la iniciativa desarrollada ha contado con el apoyo de la Unión Europea

MÁS INFORMACIÓN

Programa Kit-Digital – Plataforma acelerapyme

https://acelerapyme.gob.es/kit-digital

Bases Reguladoras

https://acelerapyme.gob.es/sites/acelerapyme/files/2021-12/BOE-A-2021-21873.pdf

Anuncio de Adhesión de agentes digitalizadores al Programa

https://acelerapyme.gob.es/sites/acelerapyme/files/2022-01/Anuncio%20de%20Adhesio_n%20Digitalizadores_100122_AJ.report.pdf

Convocatoria

https://sede.red.gob.es/es/procedimientos/convocatoria-de-ayudas-destinadas-la-digitalizacion-de-empresas-del-segmento-i-entre