PLAZO: Desde el 20/01/23 hasta el 30/04/2023 – INTENSIDAD DE LA AYUDA: 95%€  –  BENEFICIARIOS: PYMES con act. turística no alojativa

SUBVENCIONES PARA FINANCIAR PROYECTOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN PYMES QUE PRESTAN SERVICIOS EN EL ÁMBITO DE LA ACTIVIDAD TURÍSTICA NO ALOJATIVA UBICADAS EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS.

 

OBJETO

Financiación de proyectos de eficiencia energética en pymes que prestan servicios en el ámbito de la actividad turística no alojativa, ubicadas en Canarias y que figuren inscritas en el Registro General Turístico de Canarias, para que favorezcan la reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono.

 

BENEFICIARIOS

PYMES con residencia fiscal en España que prestan servicios en el ámbito de la actividad turística no alojativa ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

PLAZO DE SOLIITUD

Desde el 20 de enero de 2023 hasta el 30 de abril de 2023.

 

REQUISITOS

Los solicitantes deberán cumplir, en la fecha de presentación de la solicitud y hasta la liquidación total de la subvención

  1. Personas físicas: Nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea. En el caso de extranjeros no comunitarios, deberán tener su domicilio fiscal y centro operativo permanente en España y mantenerlos durante el periodo de la subvención.
  2. Personas jurídicas: Constituidas mediante escritura pública inscrita en el Registro Mercantil.

Los solicitantes deberán figurar inscritos en el Registro General Turístico, debiendo la actividad turística desarrollada tener ubicación en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Los solicitantes deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, así como al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN

  • Modalidad de la ayuda: A fondo perdido
  • Intensidad máxima de la ayuda: 95% del importe de la inversión subvencionada.
  • Inversión mínima: 1000€

PLAZO DE EJECUCIÓN

Fecha de inicio del plazo para realizar la actividad el día 1 de enero de 2022, finalizando el día 31 de mayo de 2023.

El plazo para efectuar la justificación finaliza el 31 de julio de 2023.

 

ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES

  1. Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de climatización, refrigeración, ventilación, calefacción y agua caliente sanitaria; incluida la instalación de redes de calor y frío alimentadas por fuentes de energía renovable y/o calor residual.
  2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
  3. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
  4. Mejora de la eficiencia energética en el equipamiento de frío industrial, de cocina (incluido cuartos fríos), de lavado y de lavandería.
  5. Otras actuaciones diferentes a las anteriores que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de dióxido de carbono.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES

  1. Los honorarios profesionales satisfechos para la elaboración por técnico competente del certificado de eficiencia energética
  2. Los costes de la redacción de los proyectos técnicos relacionados con las tipologías de actuación objeto de ayuda.
  3. Los costes de la dirección facultativa de las actuaciones.
  4. Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones.
  5. La inversión en equipos y materiales efectuada
  6. Los costes de gestión técnica de la subvención, como redacción de informes y demás documentación requerida para el buen fin de estas ayudas.
  7. El informe del auditor sobre la cuenta justificativa

 

DOTACIÓN PRESUPUESTARIA

9.000.000€

 

OBLIGACIONES

  • Mantener la inversión en el establecimiento objeto de la ayuda, una vez completada, al menos durante cinco años, contados a partir de la finalización del plazo de justificación.
  • Deberá llevar un sistema de contabilidad separada o bien asignar un código contable adecuado para todas las transacciones relacionadas con esta subvención.
  • Deberá reconocer el apoyo del FEDER recursos REACT-EU a la operación.

 

COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS

Será compatible con cualquier otra ayuda pública otorgada por otras instituciones públicas o privadas, siempre que el importe total de las ayudas no supere el límite de intensidad fijado en la normativa aplicable, ni tampoco supere el coste de la inversión subvencionada.

 

PROCEDIMIENTO

Estas ayudas se concederán por orden de presentación de las solicitudes.

Las solicitudes deberán contener la documentación mínima requerida, entendiéndose como fecha de presentación de la solicitud de la ayuda la fecha en la que el expediente de solicitud esté completo según la documentación señalada en las bases.