PLAZO: Desde el 16/11/20 hasta el 15/12/20 – BENEFICIARIOS: Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrícolas y/o ganaderas con base en Gran Canaria – CUANTÍA: Hasta 45.000€
SUBVENCIONES PARA EL AÑO 2020 DE LA CONSEJERÍA DE SECTOR PRIMARIO Y SOBERANÍA ALIMENTARIA DEL CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA PARA EL FOMENTO DEL USO DE ENERGÍAS RENOVABLES EN LAS EXPLOTACIONES AGRARIAS DE GRAN CANARIA
OBJETO
El objetivo estratégico es fomentar el uso de energías renovables en explotaciones agrarias.
Subvencionar las inversiones destinadas la implantación de instalaciones solares fotovoltaicas y/u otro tipo de instalaciones de pequeña potencia destinadas a la generación de electricidad para autoconsumo. Tendrán un máximo de producción de 100 KW, y siempre en el marco de la normativa sectorial vigente.
BENEFICIARIOS
Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrícolas y/o ganaderas con base en Gran Canaria
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Fecha de inicio del plazo de presentación: 16/11/2020
Fecha de fin del plazo de presentación: 15/12/2020
PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución de las inversiones subvencionadas será desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020.
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN
El plazo de justificación de la actividad subvencionada finalizará el 31 de marzo de 2021.
PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD
De forma telemática, a través de la sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria: https://sede.grancanaria.com/es.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
Serán subvencionables las inversiones que sean necesarias y estén directamente relacionadas con la utilización de energías renovables y la mejora de la eficiencia energética
- Auditoría energética,
- La elaboración por el técnico competente de los proyectos técnicos relacionados con las actuaciones
- Los costes de dirección facultativa de obra
- Los costes de ejecución de la obra civil asociada a la actuación
- Los de adquisición de equipos y materiales
- Los de montaje de las instalaciones
- Los certificados de eficiencia energética, si fueran necesarios.
REQUISITOS
La inversión deberá realizarse en Gran Canaria y contar con una cobertura de la demanda propia entre el 80 % y el 100%.
Se entiende por cobertura de la demanda propia la relación entre energía total generada por la instalación fotovoltaica y la consumida por la entidad asociativa o por la explotación agraria.
Los módulos fotovoltaicos deberán estar homologados según la norma UNE – EN 61215 y contar con una eficiencia mínima de 0,17 kW/m2.
Los inversores fotovoltaicos deberán contar con un rendimiento máximo superior al 95 %
Los instaladores deberán figurar inscritos en el Registro integrado industrial del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad para efectuar instalaciones generadoras de Baja Tensión.
PRESUPUESTO MÁXIMO A SUBVENCIONAR
El presupuesto que se apruebe no podrá rebasar, en ningún caso, los cuarenta y cinco mil euros (45.000,00 €). Asimismo, no podrá ser superior a 1,5 €/W por beneficiario, y en el caso de sistema aislado, que precise acumuladores no podrá ser superior a 3 €/W.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
El importe de la subvención será del 60% del presupuesto aprobado por la Consejería de Sector Primario y Soberanía Alimentaria, por orden de puntuación.
DOCUMENTACIÓN
- Documentación acreditativa de la personalidad del representante (DNI, NIE, Pasaporte).
- Documentación acreditativa de la representación con la que actúa (en su caso).
- Personas jurídicas: Tarjeta de identificación fiscal – CIF
- Personas jurídicas: Estatutos y/o escritura de constitución.
- Personas jurídicas: Acuerdo de solicitar la subvención, en su caso.
- Memoria y presupuesto de la inversión a realizar, según MODELO II del Anexo adjunto.
- Declaración de IRPF o Impuesto de Sociedades del último ejercicio (2019).
- Certificado de Explotación prioritaria, si procede.
- Certificado de que la explotación forma parte de una entidad asociativa agroalimentaria para comercializar sus producciones, si procede.
- Certificación de figurar en el Registro de Operadores Producción Ecológica (ROPE), si procede.
- Certificación Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA), si procede
- Certificación Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias (REGAC), si procede
- Documento de autobaremación, según MODELO III, del anexo adjunto.
- Alta/modificación de terceros, debidamente cumplimentado, en el caso de que la entidad no estuviera dada de alta o fuera necesario modificar los datos existentes en el sistema contable del Cabildo de Gran Canaria. En el supuesto de no haber actualizado los datos bancarios en formato IBAN, este requisito es obligatorio.
La documentación a que se hace referencia deberá ser fotocopia compulsada
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA
Doscientos sesenta y un mil euros (261.000,00 €)
MÁS INFORMACIÓN
Sede electrónica:
Bases Reguladoras