SUBVENCIONES PARA LA PUESTA EN MARCHA DE PROYECTOS EMPRESARIALES EN LA ISLA DE LA PALMA 2024
OBJETO
Emprendedores de la isla de La Palma para sufragar parte de los gastos iniciales que genere la puesta en marcha y funcionamiento de los nuevos proyectos empresariales.
BENEFICIARIOS
Personas físicas o jurídicas: autónomos, sociedades mercantiles, sociedades civiles, comunidades de bienes.
REQUISITOS
Para la creación de una nueva empresa:
- Alta de inicio de la actividad en el censo de empresarios, en el periodo desde el 01/09/2023 hasta el 31/10/2024.
- Ubicación, domicilio fiscal y social en la isla de La Palma.
- Microempresas: Menos de 10 trabajadores
- Generar puestos de trabajo estable:
- Autónomos: Estar como desempleado antes del alta y en exclusiva en la nueva empresa.
- Microempresas: Deberán generar al menos un alta en la Seguridad Social.
Para empresas constituidas:
Nueva actividad para empresas constituidas antes del 01/09/2023. La nueva actividad tiene que cumplir con los siguientes requisitos:
- Alta de inicio de la nueva actividad en el censo de empresarios, en el periodo desde el 01/09/2023 hasta el 31/10/2024.
- Lugar diferente a su domicilio fiscal y/o social y con ubicación de la actividad en una nueva sede en la Isla de La Palma.
- Generar puestos de trabajo estable: Contratación de al menos una persona indefinida a jornada completa o de dos a jornada parcial siempre que sea igual o superior cada una a 20 horas semanales.
Para empresas afectadas por la erupción volcánica del 19 de septiembre de 2021:
Puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial o retomar la actividad en la misma sede que venían desarrollando en el periodo: 01/09/2023 hasta el 31/10/2024.
- Estar inscritos en el Registro Único de personas afectadas por la erupción volcánica con indicación de la actividad empresarial o profesional afectada.
- Ubicación, domicilio fiscal y social en la isla de La Palma.
- Generar puestos de trabajo estable:
- Nuevos proyectos empresariales: alta en la Seguridad Social de la persona autónoma o representante de la empresa formalizado antes de la erupción volcánica.
- En el caso de nueva empresa, contratación de al menos de una persona indefinida a jornada completa o de dos a jornada parcial siempre que sea igual o superior cada una a 20 horas semanales.
- En el caso de proyectos que procedan a retomar la actividad inactiva por estar en zona de exclusión quedará acreditado el empleo con el inicio de la actividad.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Gastos entre el 01/01/2023 y el 30/11/2024, hasta el plazo establecido de presentación de la documentación de la solicitud de subvención. Comprendidos el primer gasto y el último en un periodo máximo de 12 meses.
- La adquisición de los bienes de equipo necesarios para el inicio de la actividad:
- Edificios, locales, naves o similares.
- Maquinaria y bienes de equipo.
- Mobiliario y enseres.
- Herramientas y utillajes.
- Equipos informáticos.
- Elementos de transporte (para uso exclusivo de la empresa y serigrafiados con el nombre de la empresa).
- Bienes semovientes cuando son adquiridos para el proceso productivo o la prestación de servicios.
- Software necesario para el desarrollo de la actividad.
- Equipo y accesorios informáticos esenciales para el Teletrabajo.
- Construcción, modernización o mejora de las instalaciones, diseño de proyectos, oficinas, locales, naves, etc.
- Gastos de constitución y puesta en marcha:
- Honorarios de letrados, notarios y/o registradores.
- Publicidad de lanzamiento.
- Tributos de puesta en marcha de la actividad (licencia de apertura o similares).
- Derechos de traspasos.
- Honorarios de proyectos, dirección de obra, licencias, fianzas, garantías, patentes, etc.
OBLIGACIONES
- En el supuesto de adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inventariables los beneficiarios deberán destinar los bienes por un periodo superior a 5 años en caso de bienes inscribibles en el registro público y superior a 2 años para el resto de bienes.
- Mantener la actividad de la empresa al menos durante 12 meses, contados a partir del último día de la fecha recogida en la convocatoria de presentación de la solicitud de subvención.
IMPORTE Y ABONO
- Importe: 200,00 € por puntos obtenidos con un máximo de la cantidad correspondiente al 50 % de los gastos de inversión iniciales.
- Inversión inicial 3.000,00 €
- Máximos: Nuevos proyectos empresariales: 10.000,00 €. (con incrementos en casos específicos)
- Abono en un único plazo.