¡Hola a todos!

Hoy se ha publicado en el BOC el extracto de la convocatoria del Programa de Bonos de Innovación, más conocido como Innobonos. Este un programa ofrece apoyo a la innovación y el emprendimiento en las PYMES, mediante pequeñas subvenciones en forma de “Bonos de Innovación” (INNOBONOS) destinados a la adquisición de servicios de asesoramiento, tutorización y vigilancia tecnológica, consultoría, desarrollo, soluciones TIC, transferencia de conocimiento, certificación de normativas etc., que permitan y faciliten la introducción de innovaciones en los procesos de negocio de las PYMES Canarias, que mejore su posicionamiento tecnológico a través de la contratación de servicios tecnológicos a proveedores especializados.

Para poder aplicar a esta subvención, tienes que cumplir con los siguientes requisitos:

  • Desarrollar la actividad en las Islas Canarias.
  • No exceder el importe máximo de 200.000€ contabilizado durante el periodo de tres ejercicios fiscales dado el carácter de minimis de este régimen de ayudas.
  • No ser prestadores de servicios en el Programa de Bonos de Innovación.
  • Cumplir los requisitos generales de la Ley General de Subvenciones.

Los gastos subvencionables se recogen en las siguientes categorías:

  • Servicio 1. Implantación de soluciones de gestión empresarial.
  • Servicio 2. Desarrollo de estrategia on line en la empresa.
  • Servicio 3. Transferencia de conocimiento.
  • Servicio 4. Asesoramiento en Gestión de la I+D+i.
  • Servicio 5. Asesoramiento para la preparación de propuestas de proyectos de I+D+i a convocatorias de carácter nacional o internacional.
  • Servicio 6. Incorporación de tecnologías innovadoras TIC a la empresa.
  • Servicio 7. Industria 4.0.

La intensidad de la ayuda será de un máximo del 70% del coste elegible del servicio, con un máximo de 20.000 euros, excepto para los servicios que se relacionan para los que el coste máximo subvencionable será:

  • Servicio 2.1: coste máximo subvencionable 12.000,00 euros.
  • Servicio 2.2: coste máximo subvencionable 12.000,00 euros.

En el caso de que el gasto finalmente justificado sea menor que el previsto, se mantendrá el importe de la subvención concedida siempre que no se supere el % máximo establecido.

El plazo de presentación de la solicitud va desde el 9:00 del 31 de marzo de 2021 y las 14:00 del 14 de abril de 2021.

Te ayudamos con todo el trámite de preparación de la documentación y la presentación de la subvención. No dudes en ponerte en contacto con nosotros para más información, te informaremos sin ningún compromiso.

Accede a toda la información de la ayuda a través del siguiente enlace.

¡Saludos!