INCENTIVOS CANARIOS – SUBVENCIONES PARA LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD – LÍNEA 3
OBJETO
Promover el crecimiento empresarial en Canarias mediante el apoyo económico a inversiones que:
- Favorezcan la creación de nuevos establecimientos.
- Permitan la ampliación de instalaciones o actividades existentes.
- Impulsen la modernización tecnológica de empresas ya operativas.
El fin principal es aumentar la productividad, la competitividad y la sostenibilidad del tejido empresarial canario.
SOLITUD
- Se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
- No se puede iniciar la inversión antes de la solicitud o pre-solicitud.
PLAZOS
- Plazo de solicitud: Pendiente de Convocatoria
- Plazo de ejecución: Desde fecha convocatoria o desde el 01/01/2026 y hasta 18 meses desde publicación de convocatoria.
- Plazo de justificación: 15 días desde finalización de plazo de ejecución
BENEFICIARIOS
- Empresas, tanto personas físicas (autónomos) como jurídicas, con establecimiento permanente en Canarias.
- Empresas nuevas o ya existentes, siempre que el proyecto se realice dentro del territorio canario.
- En proyectos que no sean de nueva creación, la empresa debe contar con al menos 1 empleado por cuenta ajena en la fecha indicada en la convocatoria.
- También pueden ser beneficiarias comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica, siempre que nombren un representante y aporten poder notarial.
REQUISITOS
- Contar con establecimiento permanente en Canarias.
- En proyectos que no sean de nueva creación, la empresa debe contar con al menos 1 empleado por cuenta ajena en la fecha indicada en la convocatoria.
- En caso de creación de empleo por cuenta ajena, se deberán mantener durante un periodo mínimo de dos años contado a partir de la finalización del plazo para realizar la inversión.
- Podrán ser objeto de subvención los proyectos de inversión destinados a la actividad de industria, construcción, turismo, comercio, transportes y de servicios en general.
Excluidos: Quedarán excluidos quienes:
- Estén condenados con pérdida del derecho a recibir subvenciones.
- Estén en concurso de acreedores, insolvencia o intervención judicial.
- Hayan incumplido contratos con la Administración.
- Se encuentren en situación de incompatibilidades (altos cargos, conflicto de intereses, cargos electos).
- No estén al corriente con Hacienda o Seguridad Social.
- Tengan residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Deban devolver subvenciones o hayan sido sancionados por ello.
- Sean continuadores por transformación o sucesión de empresas sancionadas.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
Podrán ser objeto de subvención los siguientes tipos de proyectos anuales o plurianuales:
1) Creación de nuevos establecimientos
- Tiene que implicar el inicio de una nueva actividad empresarial.
- Debe generar nuevos puestos de trabajo.
2) Ampliación
- Corresponde al desarrollo o crecimiento de una actividad ya existente.
- Puede incluir nuevas líneas de actividad.
- Debe representar un aumento significativo de la capacidad productiva.
- Debe generar nuevos empleos y mantener los existentes.
3) Modernización
Debe cumplir todas las condiciones siguientes:
- La inversión debe ser relevante dentro del activo fijo e incorporar tecnología avanzada que incremente la productividad.
- Debe diversificar la producción hacia nuevos productos o implicar una transformación fundamental del proceso productivo.
- Deben mantenerse los puestos de trabajo existentes.
Condiciones generales del proyecto subvencionable
- La empresa debe financiar al menos el 25% de la inversión con recursos propios o financiación externa sin ayudas públicas.
- El proyecto debe ser técnica, económica y financieramente viable, y completo.
- No se subvenciona reubicación de actividad a otro país del EEE.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Los gastos subvencionables han de ascender como mínimo a 300.000 euros en las islas de Tenerife y Gran Canaria y a 100.000 euros en el resto de islas.
Obra civil: Incluye instalaciones y adecuaciones necesarias para el proyecto:
- Traídas y acometidas de servicios
- las instalaciones de calefacción, electricidad, fontanería, aparatos sanitarios, alumbrado y las instalaciones eléctricas de baja tensión.
- oficinas, laboratorios, almacenes
- obras exteriores y edificaciones vinculadas al proyecto
- Tiene importes máximos recogidos en el Anexo II. Bases reguladoras.
Bienes de equipo:
- maquinaria de proceso
- instalaciones vinculadas a su puesta en marcha
- instalaciones eléctricas especiales, instalaciones energéticas y de suministro de agua especiales
- elementos de transporte interior
- equipos de medida y control, instalaciones de seguridad, instalaciones de mejora y protección medioambiental
- NO tendrán la consideración de “especial” las instalaciones de calefacción, fontanería, aparatos sanitarios, alumbrado y las instalaciones eléctricas de baja tensión.
Estudios previos del proyecto (solo para PYMES) Hasta el 50% de los costes de Trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y de dirección facultativa de los proyectos.
Activos inmateriales – Hasta un 30% del total de la inversión, siempre que:
- se usen en el centro subvencionado
- sean amortizables e inventariables
- se adquieran a terceros independientes
GASTOS NO SUBVENCIONABLES
- Reposiciones o sustitución de equipos sin cambio productivo.
- Elementos de transporte exterior, menaje, decoración, TV, videovigilancia.
- Canon o gastos ligados a franquicias.
- Servicios de asesoría, mantenimiento o publicidad habituales.
- Arrendamientos, bienes usados, IVA/IGIC, intereses, sanciones y costes judiciales.
- Licencias administrativas (salvo marca propia).
CONDICIONES PARA GASTOS SUBVENCIONABLES
- No se puede iniciar la inversión antes de la solicitud o pre-solicitud.
- Para gastos superiores a 40.000 € en obra o 15.000 € en bienes/servicios, se deben presentar mínimo tres ofertas, excepto si no existe mercado suficiente.
- No se admite pago en efectivo → solo movimientos bancarios.
- Se permiten cambios entre partidas hasta un 30% del importe aprobado.
IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN
- Porcentaje Base: Todos los proyectos aprobados parten de una subvención del 30% sobre los costes subvencionables aceptados.
- Incrementos Adicionales: A ese 30% inicial se le pueden sumar los siguientes porcentajes si se cumplen estas condiciones:
- Tamaño de la empresa:
- Si es una Pequeña empresa: +20%.
- Si es una Mediana empresa: +10%.
- (Las grandes empresas se quedan con el porcentaje base en este apartado).
- Creación de empleo:
- Se suma un 2% por cada puesto de trabajo a jornada completa creado.
- El tope máximo por este concepto es del 12%.
- Si la jornada es parcial, el incremento será proporcional.
- Ubicación (Zona Prioritaria):
- Si el proyecto se realiza en La Palma, La Gomera, El Hierro, Lanzarote, Fuerteventura o La Graciosa, se suma un 6%.
- (Tenerife y Gran Canaria no reciben este incremento específico).
- Perspectiva de género:
- Se suma un 2% si la solicitante es mujer (autónoma) o, en caso de personas jurídicas, si al menos el 50% del capital social pertenece a mujeres o la representante legal es mujer.
- Discapacidad:
- Se suma un 9% si la persona solicitante, los representantes, los socios o los empleados tienen acreditada una discapacidad de al menos el 33%.
- Internacionalización (Red EEN):
- Se suma un 1% si la empresa acredita estar inscrita en la Enterprise Europe Network (EEN) .
- Límite Máximo de la Ayuda: Independientemente del porcentaje resultante de la suma anterior, la cuantía de la subvención nunca podrá superar los 300.000 euros por beneficiario y convocatoria.
CRITERIOS DE VALORACIÓN
A continuación, se detallan los criterios de valoración y su ponderación:
- Sector de actividad (Máximo 60 puntos): Se priorizan las áreas de especialización inteligente (RIS3) y los sectores de mayor valor añadido:
- A.1. Áreas prioritarias RIS3 (20 puntos): Se otorgan si el proyecto pertenece a sectores estratégicos como el turismo digital y sostenible (cadena de valor alimentaria), bienestar y salud, economía azul, industria de la astrofísica, espacio y aeronáutica, o industrias emergentes.
- A.2. Mayor valor añadido (Hasta 40 puntos): Se calcula en función del peso de la inversión en bienes de equipo e inmateriales sobre la inversión total.
- Fórmula: Se multiplica por 40 el resultado de dividir la suma del gasto subvencionable en bienes de equipo e inversión inmaterial entre el total de la inversión subvencionable.
- Incorporación de nuevas tecnologías (20 puntos): Se valora la implementación de tecnología nueva e innovadora.
- Debe tratarse de tecnología no probada en comparación con el estado de la técnica del sector.
- Debe implicar un riesgo de fracaso tecnológico o industrial.
- No se consideran nuevas tecnologías las meras optimizaciones o desarrollos de tecnologías ya existentes.
- Protección y mejora del medio ambiente (20 puntos): Se otorgan puntos si la actividad se enmarca en la economía circular o sostenible. Esto incluye:
- Reutilización de productos, preparación para reutilización o reciclaje.
- Valorización de residuos.
- Uso de energías renovables.
- Reducción del consumo de agua o aprovechamiento de aguas residuales.
- Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
Criterios de Desempate
En caso de que varios proyectos obtengan la misma puntuación, el orden de prioridad se determinará según:
- Mayor creación de puestos de trabajo.
- Mayor importe de inversión aprobada.
- Fecha más antigua de finalización del expediente de solicitud.
PRESUPUESTO
- Presupuesto: Pendiente de convocatoria
COMPATIBILIDAD
Según la Base Decimoséptima, las reglas de compatibilidad son las siguientes:
- Regla General de Compatibilidad
- Son compatibles: Estas subvenciones pueden acumularse con otras ayudas para la misma finalidad, ya provengan de administraciones locales, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
- Límite de Acumulación
- Límite Máximo: Aunque sean compatibles, la suma total de las ayudas recibidas nunca puede exceder la intensidad máxima establecida en el mapa de ayudas regionales aprobado por la Comisión Europea.
- Obligación del Solicitante
- Deber de comunicación: Debes comunicar a la Administración, en cualquier momento durante la vigencia del expediente, si has solicitado u obtenido otras ayudas públicas para el mismo proyecto .
OBLIGACIONES BENEFICIARIOS
- Mantenimiento de la Inversión y el Empleo (Durabilidad)
- Mantenimiento de activos: La inversión debe mantenerse en el establecimiento y no sufrir modificaciones sustanciales (cese de actividad o cambio de propiedad) durante:
- 3 años para PYMES (Pequeñas y Medianas Empresas).
- 5 años para Grandes Empresas.
- Nota: Se permite la sustitución de equipos por obsolescencia tecnológica siempre que se comunique y se mantenga el fin.
- Mantenimiento del empleo: Si el proyecto implicó creación de empleo, los puestos de trabajo deben mantenerse durante un mínimo de dos años contados desde la finalización del plazo para realizar la inversión.
- Obligaciones Contables y Documentales
- Contabilidad separada: Es obligatorio mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado y diferenciado para todas las transacciones relacionadas con el proyecto.
- Conservación de documentos: Se deben conservar los justificantes (incluidos electrónicos) durante un plazo de cinco años a partir del 31 de diciembre del año del último pago.
- Publicidad y Visibilidad (Fondos FEDER)
Dado que la ayuda viene de Europa, la visibilidad es estricta. Debes reconocer el apoyo del FEDER en:
- Sitio web y Redes Sociales: Descripción breve de la operación, objetivos y resultados, destacando la ayuda financiera de la Unión.
- Documentación: Incluir la declaración de ayuda de la Unión en materiales de comunicación.
- Placas físicas: Colocar placas resistentes y visibles con el emblema de la Unión tan pronto comience la ejecución física o la instalación de equipos.
- Transparencia y Control
- Transparencia: Cumplir con las obligaciones de publicidad activa de la Ley 12/2014 de transparencia de Canarias (someterse al control del Comisionado de Transparencia).
- Auditorías: Someterse a las actuaciones de comprobación de la Dirección General, la Intervención General, Audiencia de Cuentas, Tribunal de Cuentas y órganos de la UE.
- Medidas antifraude: Aplicar medidas para evitar conflicto de intereses, doble financiación o manipulación de ofertas.
- Comunicaciones y Datos Bancarios
- Comunicar cambios: Informar inmediatamente de cualquier alteración en las condiciones o la obtención de otras ayudas para el mismo proyecto.
- Datos bancarios (SEFLogIC): Mantener actualizados los datos bancarios en el sistema de información del Gobierno de Canarias (SEFLogIC) hasta que la subvención esté totalmente justificada y abonada.