INCENTIVOS CANARIOS – SUBVENCIONES PARA LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD – LÍNEA 3

por | Nov 27, 2025 | 0 Comentarios

OBJETO

Promover el crecimiento empresarial en Canarias mediante el apoyo económico a inversiones que:

  • Favorezcan la creación de nuevos establecimientos.
  • Permitan la ampliación de instalaciones o actividades existentes.
  • Impulsen la modernización tecnológica de empresas ya operativas.

El fin principal es aumentar la productividad, la competitividad y la sostenibilidad del tejido empresarial canario.

SOLITUD

  • Se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
  • No se puede iniciar la inversión antes de la solicitud o pre-solicitud.

PLAZOS

  • Plazo de solicitud: Pendiente de Convocatoria
  • Plazo de ejecución: Desde fecha convocatoria o desde el 01/01/2026 y hasta 18 meses desde publicación de convocatoria.
  • Plazo de justificación: 15 días desde finalización de plazo de ejecución

BENEFICIARIOS

  • Empresas, tanto personas físicas (autónomos) como jurídicas, con establecimiento permanente en Canarias.
  • Empresas nuevas o ya existentes, siempre que el proyecto se realice dentro del territorio canario.
    • En proyectos que no sean de nueva creación, la empresa debe contar con al menos 1 empleado por cuenta ajena en la fecha indicada en la convocatoria.
  • También pueden ser beneficiarias comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica, siempre que nombren un representante y aporten poder notarial.

REQUISITOS

  • Contar con establecimiento permanente en Canarias.
  • En proyectos que no sean de nueva creación, la empresa debe contar con al menos 1 empleado por cuenta ajena en la fecha indicada en la convocatoria.
  • En caso de creación de empleo por cuenta ajena, se deberán mantener durante un periodo mínimo de dos años contado a partir de la finalización del plazo para realizar la inversión.
  • Podrán ser objeto de subvención los proyectos de inversión destinados a la actividad de industria, construcción, turismo, comercio, transportes y de servicios en general.

Excluidos: Quedarán excluidos quienes:

  • Estén condenados con pérdida del derecho a recibir subvenciones.
  • Estén en concurso de acreedores, insolvencia o intervención judicial.
  • Hayan incumplido contratos con la Administración.
  • Se encuentren en situación de incompatibilidades (altos cargos, conflicto de intereses, cargos electos).
  • No estén al corriente con Hacienda o Seguridad Social.
  • Tengan residencia fiscal en paraíso fiscal.
  • Deban devolver subvenciones o hayan sido sancionados por ello.
  • Sean continuadores por transformación o sucesión de empresas sancionadas.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

Podrán ser objeto de subvención los siguientes tipos de proyectos anuales o plurianuales:

1) Creación de nuevos establecimientos

  • Tiene que implicar el inicio de una nueva actividad empresarial.
  • Debe generar nuevos puestos de trabajo.

2) Ampliación

  • Corresponde al desarrollo o crecimiento de una actividad ya existente.
  • Puede incluir nuevas líneas de actividad.
  • Debe representar un aumento significativo de la capacidad productiva.
  • Debe generar nuevos empleos y mantener los existentes.

3) Modernización

Debe cumplir todas las condiciones siguientes:

  1. La inversión debe ser relevante dentro del activo fijo e incorporar tecnología avanzada que incremente la productividad.
  2. Debe diversificar la producción hacia nuevos productos o implicar una transformación fundamental del proceso productivo.
  3. Deben mantenerse los puestos de trabajo existentes.

Condiciones generales del proyecto subvencionable

  • La empresa debe financiar al menos el 25% de la inversión con recursos propios o financiación externa sin ayudas públicas.
  • El proyecto debe ser técnica, económica y financieramente viable, y completo.
  • No se subvenciona reubicación de actividad a otro país del EEE.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Los gastos subvencionables han de ascender como mínimo a 300.000 euros en las islas de Tenerife y Gran Canaria y a 100.000 euros en el resto de islas.

Obra civil: Incluye instalaciones y adecuaciones necesarias para el proyecto:

  • Traídas y acometidas de servicios
  • las instalaciones de calefacción, electricidad, fontanería, aparatos sanitarios, alumbrado y las instalaciones eléctricas de baja tensión.
  • oficinas, laboratorios, almacenes
  • obras exteriores y edificaciones vinculadas al proyecto
  • Tiene importes máximos recogidos en el Anexo II. Bases reguladoras.

Bienes de equipo:

  • maquinaria de proceso
  • instalaciones vinculadas a su puesta en marcha
  • instalaciones eléctricas especiales, instalaciones energéticas y de suministro de agua especiales
  • elementos de transporte interior
  • equipos de medida y control, instalaciones de seguridad, instalaciones de mejora y protección medioambiental
  • NO tendrán la consideración de “especial” las instalaciones de calefacción, fontanería, aparatos sanitarios, alumbrado y las instalaciones eléctricas de baja tensión.

Estudios previos del proyecto (solo para PYMES) Hasta el 50% de los costes de Trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y de dirección facultativa de los proyectos.

Activos inmateriales – Hasta un 30% del total de la inversión, siempre que:

  • se usen en el centro subvencionado
  • sean amortizables e inventariables
  • se adquieran a terceros independientes

 

GASTOS NO SUBVENCIONABLES

  • Reposiciones o sustitución de equipos sin cambio productivo.
  • Elementos de transporte exterior, menaje, decoración, TV, videovigilancia.
  • Canon o gastos ligados a franquicias.
  • Servicios de asesoría, mantenimiento o publicidad habituales.
  • Arrendamientos, bienes usados, IVA/IGIC, intereses, sanciones y costes judiciales.
  • Licencias administrativas (salvo marca propia).

CONDICIONES PARA GASTOS SUBVENCIONABLES

  • No se puede iniciar la inversión antes de la solicitud o pre-solicitud.
  • Para gastos superiores a 40.000 € en obra o 15.000 € en bienes/servicios, se deben presentar mínimo tres ofertas, excepto si no existe mercado suficiente.
  • No se admite pago en efectivo → solo movimientos bancarios.
  • Se permiten cambios entre partidas hasta un 30% del importe aprobado.

  

IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN

  1. Porcentaje Base: Todos los proyectos aprobados parten de una subvención del 30% sobre los costes subvencionables aceptados.
  1. Incrementos Adicionales: A ese 30% inicial se le pueden sumar los siguientes porcentajes si se cumplen estas condiciones:
  • Tamaño de la empresa:
    • Si es una Pequeña empresa: +20%.
    • Si es una Mediana empresa: +10%.
    • (Las grandes empresas se quedan con el porcentaje base en este apartado).
  • Creación de empleo:
    • Se suma un 2% por cada puesto de trabajo a jornada completa creado.
    • El tope máximo por este concepto es del 12%.
    • Si la jornada es parcial, el incremento será proporcional.
  • Ubicación (Zona Prioritaria):
    • Si el proyecto se realiza en La Palma, La Gomera, El Hierro, Lanzarote, Fuerteventura o La Graciosa, se suma un 6%.
    • (Tenerife y Gran Canaria no reciben este incremento específico).
  • Perspectiva de género:
    • Se suma un 2% si la solicitante es mujer (autónoma) o, en caso de personas jurídicas, si al menos el 50% del capital social pertenece a mujeres o la representante legal es mujer.
  • Discapacidad:
    • Se suma un 9% si la persona solicitante, los representantes, los socios o los empleados tienen acreditada una discapacidad de al menos el 33%.
  • Internacionalización (Red EEN):
    • Se suma un 1% si la empresa acredita estar inscrita en la Enterprise Europe Network (EEN) .
  1. Límite Máximo de la Ayuda: Independientemente del porcentaje resultante de la suma anterior, la cuantía de la subvención nunca podrá superar los 300.000 euros por beneficiario y convocatoria.

CRITERIOS DE VALORACIÓN

A continuación, se detallan los criterios de valoración y su ponderación:

  1. Sector de actividad (Máximo 60 puntos): Se priorizan las áreas de especialización inteligente (RIS3) y los sectores de mayor valor añadido:
  • A.1. Áreas prioritarias RIS3 (20 puntos): Se otorgan si el proyecto pertenece a sectores estratégicos como el turismo digital y sostenible (cadena de valor alimentaria), bienestar y salud, economía azul, industria de la astrofísica, espacio y aeronáutica, o industrias emergentes.
  • A.2. Mayor valor añadido (Hasta 40 puntos): Se calcula en función del peso de la inversión en bienes de equipo e inmateriales sobre la inversión total.
    • Fórmula: Se multiplica por 40 el resultado de dividir la suma del gasto subvencionable en bienes de equipo e inversión inmaterial entre el total de la inversión subvencionable.
  1. Incorporación de nuevas tecnologías (20 puntos): Se valora la implementación de tecnología nueva e innovadora.
  • Debe tratarse de tecnología no probada en comparación con el estado de la técnica del sector.
  • Debe implicar un riesgo de fracaso tecnológico o industrial.
  • No se consideran nuevas tecnologías las meras optimizaciones o desarrollos de tecnologías ya existentes.
  1. Protección y mejora del medio ambiente (20 puntos): Se otorgan puntos si la actividad se enmarca en la economía circular o sostenible. Esto incluye:
  • Reutilización de productos, preparación para reutilización o reciclaje.
  • Valorización de residuos.
  • Uso de energías renovables.
  • Reducción del consumo de agua o aprovechamiento de aguas residuales.
  • Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

 

Criterios de Desempate

En caso de que varios proyectos obtengan la misma puntuación, el orden de prioridad se determinará según:

  1. Mayor creación de puestos de trabajo.
  2. Mayor importe de inversión aprobada.
  3. Fecha más antigua de finalización del expediente de solicitud.

PRESUPUESTO

  • Presupuesto: Pendiente de convocatoria

COMPATIBILIDAD

Según la Base Decimoséptima, las reglas de compatibilidad son las siguientes:

  1. Regla General de Compatibilidad
  • Son compatibles: Estas subvenciones pueden acumularse con otras ayudas para la misma finalidad, ya provengan de administraciones locales, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
  1. Límite de Acumulación
  • Límite Máximo: Aunque sean compatibles, la suma total de las ayudas recibidas nunca puede exceder la intensidad máxima establecida en el mapa de ayudas regionales aprobado por la Comisión Europea.
  1. Obligación del Solicitante
  • Deber de comunicación: Debes comunicar a la Administración, en cualquier momento durante la vigencia del expediente, si has solicitado u obtenido otras ayudas públicas para el mismo proyecto .

OBLIGACIONES BENEFICIARIOS

  1. Mantenimiento de la Inversión y el Empleo (Durabilidad)
  • Mantenimiento de activos: La inversión debe mantenerse en el establecimiento y no sufrir modificaciones sustanciales (cese de actividad o cambio de propiedad) durante:
  • 3 años para PYMES (Pequeñas y Medianas Empresas).
  • 5 años para Grandes Empresas.
  • Nota: Se permite la sustitución de equipos por obsolescencia tecnológica siempre que se comunique y se mantenga el fin.
  • Mantenimiento del empleo: Si el proyecto implicó creación de empleo, los puestos de trabajo deben mantenerse durante un mínimo de dos años contados desde la finalización del plazo para realizar la inversión.
  1. Obligaciones Contables y Documentales
  • Contabilidad separada: Es obligatorio mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado y diferenciado para todas las transacciones relacionadas con el proyecto.
  • Conservación de documentos: Se deben conservar los justificantes (incluidos electrónicos) durante un plazo de cinco años a partir del 31 de diciembre del año del último pago.
  1. Publicidad y Visibilidad (Fondos FEDER)

Dado que la ayuda viene de Europa, la visibilidad es estricta. Debes reconocer el apoyo del FEDER en:

  • Sitio web y Redes Sociales: Descripción breve de la operación, objetivos y resultados, destacando la ayuda financiera de la Unión.
  • Documentación: Incluir la declaración de ayuda de la Unión en materiales de comunicación.
  • Placas físicas: Colocar placas resistentes y visibles con el emblema de la Unión tan pronto comience la ejecución física o la instalación de equipos.
  1. Transparencia y Control
  • Transparencia: Cumplir con las obligaciones de publicidad activa de la Ley 12/2014 de transparencia de Canarias (someterse al control del Comisionado de Transparencia).
  • Auditorías: Someterse a las actuaciones de comprobación de la Dirección General, la Intervención General, Audiencia de Cuentas, Tribunal de Cuentas y órganos de la UE.
  • Medidas antifraude: Aplicar medidas para evitar conflicto de intereses, doble financiación o manipulación de ofertas.
  1. Comunicaciones y Datos Bancarios
  • Comunicar cambios: Informar inmediatamente de cualquier alteración en las condiciones o la obtención de otras ayudas para el mismo proyecto.
  • Datos bancarios (SEFLogIC): Mantener actualizados los datos bancarios en el sistema de información del Gobierno de Canarias (SEFLogIC) hasta que la subvención esté totalmente justificada y abonada.