SUBVENCIONES A EMPRESAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE INNOVACIÓN EN ÁREAS PRIORITARIAS DE LA ESTRATEGIA DE ESPECIALIZACIÓN INTELIGENTE Y SOSTENIBLE DE CANARIAS (RIS3 AMPLIADA)
OBJETO
Realización de proyectos de Innovación que utilicen tecnologías emergentes para desarrollar o mejorar productos, procesos o servicios en diversos sectores.
BENEFICIARIOS
- Empresas que vayan a realizar un proyecto de innovación.
REQUISITOS
- Estar válidamente constituidas y disponer de personalidad jurídica propia.
- Tener su domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Contar con una o más personas en plantilla y debe incrementar la plantilla en, al menos, un puesto de trabajo (indefinido/jornada completa).
- Contar con un compromiso explícito en materia de igualdad entre mujeres y hombres, que deberá constar por escrito.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
Serán subvencionables los proyectos de innovación en los que se desarrollen o utilicen conocimientos y tecnologías emergentes a nivel sectorial -de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo- para la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados. La innovación puede producirse tanto en materia de procesos como de organización.
No tendrán la consideración de proyectos de innovación:
- Las actividades tendentes únicamente a mantener el nivel tecnológico de la empresa, como puede ser la simple sustitución por obsolescencia de equipamiento por otro más moderno que cumpla las mismas funciones.
- El desarrollo de determinados programas y aplicaciones de software consistentes en la simple reutilización, personalización o parametrización de sistemas existentes.
- El apoyo a terceros por empresas consultoras para la realización de proyectos de I+D+i o de estudios de viabilidad, la preparación de solicitudes de cualquier tipo de ayuda o participación en proyectos.
- Aquellos que meramente tengan como objeto el desarrollo de actividades relacionadas con la responsabilidad social corporativa y no supongan la creación de una nueva empresa o línea de negocio. Se entiende por responsabilidad social corporativa un conjunto de prácticas, estrategias y sistemas de gestión que persiguen un nuevo equilibrio entre las dimensiones económica, social y ambiental de la actividad ordinaria de la empresa o entidad.
Los proyectos de innovación deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Estar encuadrados en uno de los siguientes ámbitos prioritarios:
- Turismo digital y sostenible.
- Salud y bienestar.
- Industria de la economía azul.
- Industria de astrofísica, espacio y aeronáutica.
- Industrias emergentes.
- Deberán ser viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero.
- Aportar una contribución sustancial en relación con alguno de los seis objetivos ambientales:
- Mitigación del cambio climático.
- Adaptación al cambio climático.
- Uso sostenible y a la protección de los recursos hídricos y marinos.
- Transición hacia una economía circular.
- Prevención y el control de la contaminación.
- Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas.
- No deben haber concluido materialmente o estar ejecutados íntegramente antes de la fecha de la solicitud de la ayuda.
GASTOS SUBVENCIONABLES
a) Costes directos de personal: Serán subvencionables los costes del personal necesario para la ejecución del proyecto de innovación, que tengan relación laboral con la entidad beneficiaria y que reciban una remuneración salarial, como pago por los rendimientos del trabajo que desempeñan para el proyecto.
Estos costes de personal incluyen la retribución bruta y la cuota empresarial a la Seguridad Social imputables durante el periodo de ejecución de la ayuda, así como otros gastos soportados directamente por la empresa como aportaciones a planes de pensiones, u otras prestaciones en favor de las personas trabajadoras que sean obligatorias en virtud de ley o convenio o habituales atendiendo a los usos del sector y siempre que no sean recuperables.
b) Otros costes directos subvencionables:
- Activos fijos nuevos que no tengan carácter de reposición.
- Costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.
- Inversiones inmateriales: registro de propiedad industrial derivado de la ejecución del proyecto y licencias de software de uso específico para el proyecto, así como costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos en condiciones de plena competencia.
- Colaboraciones externas: asistencia técnica, ingeniería, contratación con centros de investigación, contratación de laboratorios de ensayo, gastos externos de consultoría y tutorización.
- Costes de servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación relacionados con el proyecto, incluidos los servicios prestados por organismos de investigación y difusión de conocimientos, infraestructuras de investigación, infraestructuras de ensayo y experimentación o agrupaciones empresariales innovadoras.
- Auditoría limitada: 1.200,00 euros.
CUANTÍA:
- 100% del presupuesto.
- Inversión mínima: 100.000€ hasta un máximo de 300.000€
PLAZO DE EJECUCIÓN
Desde el 1 de enero del 2025. El plazo de ejecución del proyecto tendrá una duración máxima de 18 meses.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Desde el 21 de abril de 2025 hasta el 02 de junio de 2025 a las 14:00.
SOLICITUD
- Concurrencia no competitiva.
- Se establece un máximo de dos solicitudes a presentar por cada entidad.
PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN
Hasta el 20 de septiembre de 2025.
PAGO DE LA SUBVENCIÓN
El abono de la subvención se efectuará por anticipado.