SUBVENCIONES A LAS PERSONAS AUTÓNOMAS, AUTÓNOMOS AGRARIOS Y EMPRESAS PARA EL APOYO A LA RECUPERACIÓN DE SUS NEGOCIOS TRAS LA ERUPCIÓN VOLCÁNICA Y SUS EFECTOS COLATERALES – LA PALMA

por | Mar 3, 2025 | 0 Comentarios

OBJETO 

Cubrir las inversiones en infraestructuras y equipamientos para la reconstrucción y/o reestructuración de sus actividades económicas, para mejoras de sus negocios, para la modernización, digitalización, redireccionamiento de sus actividades a la economía circular, transición ecológica, etc.

BENEFICIARIOS 

  • Personas autónomas
  • Sociedades mercantiles: MicroempresasPequeñas empresas (hasta 50 personas contratadas). 
  • Entidades de economía social
  • Sociedades civiles
  • Comunidades de bienes
  • Otras actividades económicas sin personalidad jurídica.

REQUISITOS 

  • Dadas de alta en alguna actividad económica, empresarial o profesional del IAE.
  • Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) antes del 01/11/2023.
    • Excepción: Personas autónomas, microempresas o pequeñas empresas, dadas de alta antes del 19/09/2021 y afectadas por la erupción de La Palma, ubicadas en Los Llanos de Aridane, El Paso y Tazacorte, que retomen su actividad después del 01/11/2023 con autorización de apertura.
  • Domicilio fiscal o social en la isla de La Palma.
  • Actividades excluidas: Sección K: División 64 y 65. Actividades financieras y de seguros. División 92. Actividades relacionadas con juegos de azar y apuestas.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES  

  • Gastos realizados entre el 01/01/202431/03/2025, debiendo haberse realizado antes de la presentación de la correspondiente solicitud de subvención.
  • Inversión mínima: 3.000€

CONCEPTOS SUBVENCIONABLES  

  1. Maquinaria y bienes de equipo.
  2. Mobiliario y enseres.
  3. Herramientas y utillajes.
  4. Adquisición e instalación de equipos informáticos o tecnológicos y software necesarios para el desarrollo de la actividad y la gestión empresarial.
  5. Elementos de transporte (para uso exclusivo de la empresa y serigrafiado con el nombre de la empresa). 
  6. Adaptación de vehículos a personas con movilidad reducida.
  7. Bienes semovientes cuando son adquiridos para el proceso productivo o la prestación de servicios.
  8. Obras de construcción, modernización o acondicionamiento de las instalaciones.
  9. Gastos derivados de la redacción del proyecto elaborado por arquitectos, ingenieros o instaladores autorizados siempre que sean necesarios para la realización de las obras e instalaciones.
  10. Creación, desarrollo e implantación para la puesta en marcha o mejora de los sistemas de comercialización (desarrollo de página web, venta online (ecommerce, scommerce, mcommerce y similares) o de gestión del establecimiento (clientes, proveedores, etc.).
  11. Adquisición, implantación y/o actualización de los sistemas, tanto material como inmaterial, destinados a la digitalización y a las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en los procesos de negocio.
  12. Transformación digital. 
  13. Economía circular y transición ecológica.

El mantenimiento de la inversión subvencionada: La inversión en bienes inscribibles en un registro público tendrá que ser mantenida, vinculada a la actividad económica subvencionable, en el centro de trabajo en la isla de La Palma durante los 5 años siguientes, contados desde el día siguiente en que se publique en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Cabildo la notificación de la resolución de concesión de la subvención, y el resto de la inversión, durante 2 años desde dicha fecha.

CUANTÍA

  • Entre 40%-70% del presupuesto.
  • Máximo: 10.000€. 
  • Mínimo: 25.000€

CRITERIOS DE VALORACIÓN 

  • Domicilio fiscal o social en el municipio de El Paso, Los Llanos de Aridane o Tazacorte. (6 puntos)
  • Inscrito en el Registro Único de personas afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma. (5 puntos)
  • Por el mantenimiento o la creación de empleo al tener una plantilla media en situación de alta durante el periodo comprendido entre el 01/01/2024 y el 31/12/2024 igual o superior a la plantilla media comprendida entre el 01/01/2023 y el 31/12/2023 o, en su caso, desde la fecha del alta en la Seguridad Social en el año 2023 del primer trabajador contratado. (4 puntos)
  • Domicilio fiscal o social en un municipio de menos de 5.000 habitantes. (3 puntos)
  • Domicilio fiscal o social en el resto de los municipios de la isla. (2 puntos)
  • Por tratarse de personas autónomas o empresas que no cuenten con trabajadores/as asalariados o tengan una plantilla media en situación de alta durante el periodo comprendido entre el 01/01/2024 y el 31/12/2024, o desde la fecha del alta en la Seguridad Social del primer trabajador contratado, entre 0,00 y 9,00 trabajadores/as, inclusive. (8 puntos)
  • Dadas de alta en alguna actividad económica, empresarial o profesional del IAE o de la CNAE 09 antes del 19/09/ 2021. (2 puntos)
  • Alta en alguna de las actividades económicas consideradas más afectada por la crisis: turismo, comercio, hostelería y restauración. (1 punto)
  • Por realizar actividades de inversión en economía circular, verde y azul. (1 punto)
  • Por realizar inversiones que utilicen energías renovables, en el caso de vehículos eléctricos o híbridos, que contribuya a la protección o mejora del medio ambiente. (1 punto)

PLAZO DE PRESENTACIÓN 

Desde Publicación en el BOC hasta el 30 de abril de 2025

SOLICITUD  

  • Concurrencia competitiva.
  • Se establece un máximo de un proyecto por empresa.
  • A través de la sede electrónica. 

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN 

El plazo y la forma de justificación coincidirán con el de la solicitud de subvención, terminará el 30 de abril de 2025.

PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

Hasta el 30 de octubre de 2025. 

PAGO DE LA SUBVENCIÓN

Las subvenciones se abonarán por la entidad colaboradora a las personas o empresas beneficiarias una vez se acredite la realización de la actividad para la que fueron concedidas.