SUBVENCIONES PARA ACCIONES O PROYECTOS DE INTERNACIONALIZACIÓN DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS CANARIAS DE LAS ISLAS NO CAPITALINAS
OBJETO
Apoyo destinado a la internacionalización de las empresas canarias ubicadas en Lanzarote, Fuerteventura, La Graciosa, La Palma, El Hierro y La Gomera, facilitándoles asesoramiento técnico especializado, formación para la internacionalización y apoyo económico a iniciativas de expansión empresarial en el exterior de las Islas Canarias, incluido el resto del territorio español.
BENEFICIARIOS
- Personas autónomas
- Sociedades mercantiles: Microempresas,Pequeñas o medianas empresas.
- Agrupación de PYMES sin personalidad jurídica.
REQUISITOS
- Domicilio fiscal o establecimiento permanente en: Lanzarote, Fuerteventura, La Graciosa, La Palma, El Hierro o La Gomera.
- Un año de constitución en el momento de presentar la solicitud.
- Disponer de un producto o servicio con potencial de internacionalización.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
- Gastos realizados entre el 01/01/2025 y 15/06/2026.
- Inversión mínima: 3.000€
- Inversión máxima: 6.000€
GASTOS SUBVENCIONABLES
1. Asesoramiento profesional (gasto obligatorio).
Las empresas beneficiarias deberán contratar los servicios profesionales de asesoramiento de la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación o de otra entidad que cuente con representación permanente en su isla y tenga dentro de sus fines el asesoramiento en materia de promoción económica.
Máximo: 400€/mensuales.
No será obligatorio dicho gasto, si la empresa hubiera participado previamente en algún programa formativo de internacionalización, así como en programas de apoyo a la internacionalización [Sociedad Canaria de Fomento Económico, S.A. (PROEXCA), Instituto de Comercio Exterior (ICEX), Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación].
2. Acciones promocionales en el exterior.
- Participación en ferias comerciales.
- Promociones en punto de venta.
- Degustaciones y exposiciones (Show room).
- Participación en concursos y desfiles.
- Seminarios, jornadas técnicas y congresos (Agendas B2B), así como otros de características similares a los mencionados, y cuyo objeto sea fomentar la promoción exterior del producto o servicio a internacionalizar.
- Transporte del producto, del material promocional y de la mercancía.
Se incluye: Gastos relativos a los desplazamientos y alojamientos del personal directivo, excluyendo las dietas de manutención, así como también de aquellas personas vinculadas a la empresa en el desarrollo del proyecto de internacionalización que está llevando a cabo con el apoyo de esta subvención.
En el supuesto de acciones inversas, es decir aquellas que se realizan en Canarias con la participación de agentes, prescriptores de opinión y operadores internacionales, incluidos los provenientes del resto del territorio español, se cubrirán los siguientes gastos de desplazamientos y alojamientos:
- Los generados por las personas responsables de las empresas en mercados exteriores con los que se esté en negociación o sean personas socias del proyecto, justificando su vinculación e interés para el proyecto de la PYME/agrupación con escrito dirigido a la entidad colaboradora previo al desplazamiento.
- Los relativos a los prescriptores de opinión, periodistas especializados, así como de cualquier figura que contribuya a la consecución de la internacionalización de la empresa.
3. Material de difusión y promoción para el exterior.
- Elaboración, diseño de creatividad, adaptación y edición de catálogos, folletos, carteles, así como cualquier otro material promocional que se utilice como medio de promoción en los mercados exteriores.
- Diseño, traducción y desarrollo de la página web de la empresa o el proyecto para orientarla a mercados exteriores.
- Material para su promoción y publicidad en los mercados exteriores.
4. Gastos de implantación y/o licitación en el exterior.
- Contratación de consultoría especializada vinculada al desarrollo del proyecto de internacionalización y de las acciones de promoción.
- Contratación de servicios y herramientas digitales para la adaptación a la venta mediante e-commerce.
- Contratación de servicios y herramientas que mejoren la digitalización de la empresa con el objetivo de facilitar a la empresa su acceso a los mercados exteriores.
- Gastos para obtención de permisos administrativos, licencias y aquellos gastos que deban asumirse para desarrollar la promoción de los productos o servicios en el mercado de destino.
- Los gastos en destino, que a continuación se detallan, solo son elegibles si están directamente relacionados con el desarrollo de la actividad llevada a cabo en el marco de esta subvención y sean indispensables para la adecuada ejecución del proyecto de internacionalización:
- Asesoría jurídica o financiera.
- Gastos notariales y registrales.
- Gastos de administración.
- Gastos de tramitación de documentación como:
- Compra de pliegos de concursos internacionales.
- Traducción de la documentación exigida para la participación de la entidad en licitaciones internacionales, o del material relacionado con un contrato internacional.
- Obtención de licencias, certificados, inscripciones, registros, permisos administrativos
- Mensajería internacional de documentación relacionada con las licitaciones en las que participe, o con los contratos de exportación/implantación.
5. Otros gastos.
Se admitirá cualquier otro gasto necesario para la consecución de los objetivos del proyecto.
CUANTÍA:
El importe de la subvención por proyecto se calculará fijando el porcentaje del 75% sobre los costes subvencionados.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Desde 12 abril de 2025 hasta el 12 de mayo de 2025
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
El procedimiento de concesión de subvenciones será el de concurrencia no competitiva.
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN
El plazo y la forma de justificación terminará el 30 de junio de 2026.
PAGO DE LA SUBVENCIÓN
Las subvenciones se abonarán anticipadamente mediante pago único por el importe total concedido, no exigiéndose garantías.