¡Hola a todos!
Ya se han aprobado las subvenciones derivadas del Real Decreto por el que se regula el ‘Programa de Ayudas para Actuaciones de Rehabilitación Energética en Edificios Existentes (Programa PREE)’. Este programa tiene la finalidad de contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales y energéticos establecidos en la normativa de la Unión Europea, mediante la realización de actuaciones de reforma de edificios existentes que favorezcan la reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono, mediante el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables.
Podrán ser beneficiarios de esta ayuda:
- Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso.
- Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda.
- Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios.
- Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios.
- Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos.
- Las entidades locales conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
Se subvencionan gastos englobados en tres tipologías diferentes:
- Tipología 1: Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
- Tipología 2: Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.
- Tipología 3: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
La cuantía definitiva de las ayudas se determinará después de la evaluación de la documentación aportada en el expediente. Hay un 35% de cobertura base y unos posibles aumentos adicionales que se calculan en función de los datos declarados por el solicitante/representante, que no son vinculantes.
El plazo de la solicitud va del 6 de julio de 2021 a las 00:00 al 31 de julio de 2021 a las 23:59.
Te ofrecemos asesoramiento personalizado y ayuda en la gestión y tramitación de la subvención. Te ayudamos a llevar a cabo tu proyecto. No dudes en ponerte en contacto con nosotros para más información, te informaremos sin ningún compromiso.
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¡Saludos!
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